El senado tendrá a consideración en los próximos días la modificación del Artículo 224 del Código Penal, que refiere a la violación de las disposiciones sanitarias.
La nueva redacción del artículo cambia la frase “causare daño” por “pusiere en peligro efectivo” a quien viole “las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente”.
El nuevo texto a consideración legislativa agrega que “la aplicación del máximo de la pena referida estará especialmente justificada cuando la violación de las disposiciones se produjere durante la vigencia de un estado de emergencia sanitaria declarado por las autoridades competentes”.
Entrevistado en el programa otra mañana de Radio Oriental, Diego Camaño, abogado penalista y profesor adjunto de derecho penal de la Universidad de la República explicó qué implica en la práctica este cambio y cómo se podría aplicar.
Foto: Javier Calvelo